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La recogida de envases y papel de 79.000 palentinos se realizará con tres frecuencias

El servicio de recogida selectiva de envases y de papel y cartón que comenzará a desarrollarse en la provincia con la adjudicación del nuevo contrato, tendrá varias peculiaridades.
La principal, que amplía el ámbito territorial del sistema actual, ya que pasa de la obligación de cubrir los municipios de más de 400 habitantes a todos aquellos cuya población supera las 200 personas.
Otra a tener en cuenta es la de las frecuencias para cada fracción recogida.
En envases ligeros, de enero a junio, cada 10-15 días; en julio y agosto, cada 7 días (una vez por semana) y de septiembre a diciembre, cada 10 ó 15 días.
En papel y cartón, de enero a junio cada 21-27 días; de julio a agosto, cada 15-23 días y de septiembre a diciembre, cada 21-27 días.
En todo caso, las frecuencias se adaptarán a la variación de la cantidad de residuo producido a lo largo de los meses, dentro del intervalo señalado.
El adjudicatario deberá presentar dentro de su propuesta técnica una programación anual de frecuencias de recogida.
El adjudicatario deberá disponer de unas instalaciones fijas en la provincia y tendrá que indicar su ubicación.
En estas instalaciones se dispondrá de una oficina, una nave-taller y una zona destinada al almacenaje de material y, en su caso, contenedores.
La instalación de contenedores amarillos y azules pasará de los 74 municipios actuales a 89 localidades, con lo que se dará así servicio a casi 79.000 habitantes –5.000 más que con el contrato todavía en vigor–. Estas cifras podrán incluso superarse en función de las mejoras que presenten en sus ofertas las empresas que concurran a la adjudicación.
En cuanto a la recogida de papel y cartón, se pasará de los 55 municipios actuales a 79, con lo que se dará servicio a 78.000 personas (hasta ahora se ha venido atendiendo a una población cercana a los 70.000 habitantes).
Se contempla que, tras un periodo de prueba de cuatro meses, la empresa adjudicataria pueda solicitar, en base a la información recopilada sobre el grado de llenado de los contenedores, modificaciones en el programa de frecuencias presentado, con la finalidad de mejorar la eficiencia de las rutas y evitar desbordamientos.
Podrán incluso modificarse las frecuencias de recogida individual de algún contenedor dentro de una localidad. Todo ello deberá tener la aceptación y aprobación del Consorcio Provincial de Residuos.
Dentro de este planteamiento, se contempla también la recogida a demanda de los Ayuntamientos, para lo cual se deberá solicitar al Consorcio y disponer de su aceptación, en los casos que, justificadamente, se proponga. En todo caso, este tipo de recogida tendrá un tiempo de respuesta desde la demanda del Ayuntamiento, inferior a 72 horas.
Los servicios serán reforzados en Semana Santa y en las fiestas patronales de los municipios.
En los de población superior a 1.000 habitantes, la recogida de residuos deberá ser realizada en los dos días anteriores y en los dos días posteriores a la celebración de las fiestas, al margen de las frecuencias ordinarias establecidas.
En los municipios de población inferior a 1.000 habitantes, se ajustarán las fechas de recogida teniendo en cuenta la programación de dichas fiestas.
Con independencia de las frecuencias indicadas, cualquier aviso de recogida de contenedores, comunicado por el Consorcio a la empresa adjudicataria, se realizará antes de que transcurran 48 horas.
El Consorcio realizará, cada mes, una revisión del cumplimiento de las frecuencias establecidas y la empresa adjudicataria deberá realizar campañas de información y sensibilización ambiental en materia de reciclaje. El coste de estas campañas será sufragado por Ecoembes, a razón de 0,1902 euros por habitante, valor que establece el anexo del convenio firmado con el Consorcio.
Para la obtención del presupuesto anual disponible dicho importe será multiplicado por la población del ámbito territorial incluido en el contrato, tomando para cada año las cifras oficiales de revisión anual del padrón municipal de habitantes publicadas por el INE.
Para que dichas campañas puedan ser realizadas por la empresa, ésta deberá presentar previamente, y en todo caso antes del 15 de febrero de cada año, una programación anual de actividades a desarrollar, tomando en consideración las prioridades específicas que marque el Consorcio para el 13 PPT ámbito territorial de referencia.
Dicho programa anual deberá estar bien definido y cuantificado económicamente, de tal forma que se vea la correspondencia en el gasto propuesto por la empresa con el presupuesto de ingresos disponible para ese año. Los pagos de las campañas los hará a la empresa adjudicataria Ecoembes, previa presentación antes del 30 de septiembre del año siguiente, de la documentación justificativa de la ejecución y gasto de las campañas; documentación ésta que deberá estar conformada por el Consorcio.

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